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La Junta de Vigilancia es el organismo que tiene a su cargo velar por el correcto funcionamiento y eficiente administración de la Cooperativa. Estará integrada por tres (3) miembros principales, con sus suplentes personales, elegidos por la Asamblea General para periodos de un (1) año, quienes podrán ser reelegidos máximo por dos (2) periodos continuos Son funciones de la Junta de Vigilancia: 1. Expedir su propio reglamento 2. Velar porque los actos de los órganos de administración se ajusten a las prescripciones legales, estatutarias y en especial a los principios cooperativos. 3. Informar a los órganos de administración al Revisor Fiscal y a la Entidad de vigilancia y control, sobre irregularidades que existan en el funcionamiento de la Cooperativa y presentar recomendaciones sobre las medidas que en su concepto deben adoptarse. 4. Conocer los reclamos que presenten los asociados en relación con la prestación de los servicios. Transmitirlos y solicitar correctivos por el conducto regular y con la debida oportunidad. 5. Hacer llamados de atención a los asociados cuando incumplan los deberes consagrados en la Ley, Estatutos y reglamentos. 6. Solicitar la aplicación de sanciones a los asociados cuando haya lugar a ello y velar porque el órgano competente se ajuste al procedimiento establecido para tal efecto. 7. Verificar la lista de Asociados hábiles e inhábiles para poder participar en la Asamblea o para elegir delegados. 8. Rendir informes sobre sus actividades a la Asamblea General Ordinaria y, Las demás que le asigne la ley o los Estatutos, siempre y cuando se refieran al control social y no correspondan a funciones propias de la Auditoría interna o Revisoría Fiscal
Comentarios, Quejas y Reclamos |
EN ESTE ESPACIO ENCONTRARA MUY PRONTO LA FORMA AGIL DE CONSULAR SU ESTADO DE CUENTA
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